domingo, 14 de febrero de 2010

Influenza técnica en la naturaleza


El principio 15 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo lo define: “con el de proteger el medio ambiente, los estados deben aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades.
Cuando haya peligro de daños grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.”
El principio precautorio se puede entender como la obligación de suspender o cancelar todas aquellas actividades que amenacen al ambiente, a menos que pruebas científicas rigurosas no las relacionen con su deterioro.
Es proteger a los seres humanos y al medio ambiente de los riesgos generados por las actividades del hombre mediante la aplicación de medidas de control preventivas que eviten los posibles daños.
También establece que los daños causados al medio natural deben evitarse por anticipo y en función de la posibilidad y la oportunidad.
Además, se deben detectar a tiempo los riesgos para la salud y el ambiente por medio de investigaciones completas, en especial en cuanto a las relaciones de causa y efecto, pero también se debe actuar aunque la ciencia.

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